Adopción. Como eliminar la inscripción del marginal de la partida literal de nacimiento
Adopción.
Este enlace puede ser útil sobretodo para los que ya tenéis a vuestro hijo en casa y después de haber pasado por todos los nervios de la espera y el encuentro, estáis ya más relajados disfrutando de vuestro hijo y del maravilloso proceso de adaptación.
Si todavía no estáis en este momento, mejor que lo dejéis para más adelante.
Se trata de la ley que explica el derecho que tiene el niño de preservar su intimidad y como los padres, en base a ese derecho pueden rehacer la partida literal de nacimiento quitando la inscripción que hay en el marginal y poniendo sus datos creando una nueva partida literal de nacimiento.
Con ello se consigue que los datos originales del niño, que ya no tienen validez jurídica, se mantengan protegidos, y a partir de ese momento sean los datos de sus padres los que aparecen en su partida literal de nacimiento.
El enlace de la noticia es : http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/i150299-dgrn.html#balloon1
Y en el BOE podéis encontrar lo mismo en :
- la instrucción de 15.02.99 http://www.boe.es/boe/dias/1999-03-02/pdfs/A08368-08368.pdf
- la modificación de la Regla primera de la instrucción anterir de 05.07. en http://www.boe.es/boe/dias/2004-07-05/pdfs/A24720-24720.pdf
Hay que tramitarlo en el regitro civil de la localidad.
1 comentario:
Esta ley puede aplicarse también a adopción nacional? Alguien conoce algún caso? Gracias. Ana García
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