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lunes, abril 17, 2006

Adopción. Trasladar la partida de nacimiento

Adopción.

Cuando se adopta a un hij@, se hace una partida de nacimiento que se registra en el registro central de Madrid.

Ello supone que cada vez que se necesite una copia literal, pasen unos cuantos meses desde que se pide hasta que llega, lo que puede llegar a ser un gran inconveniente en algunos casos.

Por ello es aconsejable que cuando uno ya está en casa con su hij@, acomodado y tranquilo, solicite un traslado de la partida de nacimiento de su hij@.

El procedimiento es sencillo, sólo hay que llamar al registro civil local (http://www.justicia.es/portal/public/_s.155/253) y solicitar la información que se requiere para hacer el traslado, luego hay que rellenar un formulario y listo.

Es un procedimiento que se lleva a cabo en unos 6 meses, así que se recomienda paciencia, y cuando el registro civil local reciba la partida se pone en contacto, aunque siempre es recomendable ir haciendo un seguimiento a partir de los 6 meses si no han dicho nada.

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